Willi Efrey Aldana S.
Msc-Esp Derecho Penal, Investigación Criminal, Criminalística,
Ciencias Penales, Forenses, Criminología y Victimología
Representación - Asesoría - Consultoría
Texto extraído de Actividad Académica. Maestría en Ciencias Penales y Forenses. Universidad Autónoma de Colombia. Bogotá D.C. Colombia. 2019. (Bibliografía y Referencias se mantienen en el documento original) Magister Willi Efrey Aldana S., (candidato a Doctor en Ciencias Forenses)
Soporte Técnico: Fausto Robles
Considero de vital importancia tener en cuenta las 50 reglas descritas en el presente foro, las cuales, no conocía y en adelante me servirán de guía para el adecuado direccionamiento de actividades relacionadas con Policía Judicial.
ResponderEliminarAtentamente,
Subintendente DIANA MERCEDES PERDOMO LÓPEZ
Compañía Antonio Ricaurte Lozano
2ª Sección
Dios y Patria, buenas tardes,
ResponderEliminarHaciendo referencia a la ley 906 de 2004, en su artículo 207, hace referencia al desarrollo del programa metodológico de la investigación, donde indica que el fiscal ordenará la realización de todas las actividades que no impliquen restricción a los derechos fundamentales y que sean conducentes al esclarecimiento de los hechos, al descubrimiento de los elementos materiales probatorios y evidencia física, a la individualización de los autores y partícipes del delito, a la evaluación y cuantificación de los daños causados y a la asistencia y protección de las víctimas.
Por consiguiente el funcionario de Policía Judicial, debe tener el conocimiento, la pericia y la experiencia necesaria, con el fin de llevar a cabo de acuerdo a las normas y procedimientos vigentes, la realización de actividades de Policía Judicial con el fin de realizar la hipótesis del hecho basándose en la objetividad, teniendo el cuenta las circunstancias de tiempo modo, así como de un método, efectivo, eficiente y eficaz, que permita tener los mejores resultados en un periodo de tiempo corto.
PT. Andrés Herrera Vargas
Compañía Gabriel González
Sección Novena
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ResponderEliminarDios y Patria
ResponderEliminarSoy el Patrullero Jorge Iván Diaz Rozo Compañía: Gabriel González López, Sección: 8.
Es muy importante tener en cuenta las 50 reglas de oro a la indagación del delito, debe ser rápida, efectiva e imparcial asegurando y verificando el hecho delincuencial para que tenga efectividad, garantía y justicia para la victima y así se pueda aplicar la sanción. El personal de la Policía debe actuar con claridad para que su labor no se limite solo al acto delictivo interno si no a la función de intervenir en la violencia contra los derechos humanos que son de competencia de la Corte Penal Internacional igual de situaciones que vulnere los derechos fundamentales siendo protegidos. Los funcionarios de la Policía Judiciales deberá tener la capacidad de interpretar de manera especifica o selectiva los hechos, el lugar y los medios sin olvidar que la escena del delito se deben procesar por separado.
Al momento de iniciar una investigación debe tener claro que ella conlleva a todo acto, hecho o seceso siempre deja unos vestigios o pruebas por el cual se debe interpretar de manera exacta reconstruyendo la escena y lo ocurrido, según sea el caso se tiene presente que los actos de indagación son autónomos por lo que no se requiere aprobación a no ser de que se trate de una limitación o restricción a los derechos fundamentales. Los elementos materiales y las evidencias físicas son muy valiosos y una fuente de información muy confiable. Todo funcionario de la Policía Judicial debe cumplir con todos los informes de verificación, de manera oportuna del lugar de los hechos, teniendo la cadena custodia en donde se cuidad y se protegen las pruebas, demostrando trazabilidad y la continuidad para cada medios de conocimiento hasta su disposiciones final actuando con profesionalismo y ética, el Policía Judicial tiene tres jefes el primero el administrativo es el que ejerce la entidad a la que pertenece PONAL, el segundo es el funcionario que esta a cargo de la fiscalía General en cabeza del fiscal y el tercero el judicial que es ejercido por los jueces de control de garantías y de conocimientos de causa.
Dios y Patria
ResponderEliminarsoy el PT Yehison Quintero Avellaneda compañía: Gabriel Gonzales López sección:8
La construcción de la hipótesis parte del conocimiento que existe de los hechos, llevando a un conocimiento organizado que favorece la reconstrucción de las posibles teorías y causas que dieron origen a un hecho.
el programa metodológico inicio con la comprobación y la consecución de la hipótesis investigativa esto depende de que todo sea exitoso, la investigación llega a un acto u hecho por medio de unas pruebas que se interpretan y así se puede reconstruir el lugar de los hechos para evitar que se vulneren los derechos fundamentales, la evidencias son muy importantes ya sean físicas o materiales siendo estas confiable fuente de información, los funcionarios deben presentar siempre un informe para que se pueda verificar todos los procesos del lugar de los hechos conservando la cadena de custodia para cuidar y proteger cada uno de las pruebas y así poder utilizarlas, como lo ordena el fiscal.
El programa metodológico dice que no se pueden estar por encima de los derechos fundamentales y esta no puede orientarse a la restricción de los derechos requiriendo un control material y formal. El fiscal es quien ordena realizar todas las actividades que no necesiten restricciones y que ayuden a el esclarecimiento de los hechos y el descubrimiento de los elementos materiales probatorios y evidencias individualizando los autores y partícipes del delito.
Dios y Patria
ResponderEliminarBuenas tardes
Un cordial saludo Tutor y compañeros se presenta PT Morales Juna Carlos Morales de la compañía Gabriel González décima sección con el fin de aportar lo establecido en el blog con el tema TEORÍAS HIPÓTESIS DELICTIVAS Y PROGRAMA METODOLÓGICO, en el cual quiero aportar con respecto a las 50 Reglas de oro en la indagación e investigación del delito, siendo esta de mucha relevancia al proceder ante un delito punible.
Buscando propender la sanción ejemplar y proporcional para los responsables del hecho, a través de implementar los medios cognoscitivos en busca de vestigios que van mostrando un paso para el inicio de una investigación, en pro de aclarar con exactitud los tiempos cronológicos, meteorológicos y biológicos.
De igual manera los EMP y EF debe ser una información efímera, se debe tratar de una manera frágil con las medidas de protección, recolectando de una manera inmediata, preservando su fiabilidad, autenticidad y legalidad a través de una investigación con esmero, ética y profesionalismo; desde el primer momento en que se inicia el procedimiento en el lugar de los hechos hasta que termina.
De acuerdo a los EMP y EF tenemos de manera MACRO y MICRO proporcionando mayor y mejor explicación, fidedigna y objetiva, en contraste con el testimonio, el interrogatorio o la aceptación de los cargos entre otros.
Regladas por normas técnicas o jurídicas junto con los bloques internacionales de constitucionalidad y convencionalidad (Art 3 y 25 Ley 906 de 2004 y Art. 8 Código Civil Colombiano) en anuencia con los Art. 29 C.P.
Así mismo la Cadena de Custodia nos muestra el paso a paso para recolectar, embalar con todos los protocolos legales para que sea un EMP y EF contundente a la hora de esclarecer un hecho punible buscando siempre la verdad del mismo junto con sus actores intelectuales y de complicidad.
Esclarecimiento delictual en busca de la verdad, justicia, reparación y no repetición; de la misma manera los funcionarios que hacen sus veces de Policía Judicial deben ser idóneos, certificados, con experiencia con el fin de adjuntar un proceso de investigación decisivo para el convencimiento del señor Fiscal, Jueces, Abogados entre otros.
El gerenciamiento del lugar de los hechos en anuencia debe alinearse con la mayor prudencia, eficacia, eficiencia disponiendo del tiempo necesario y el equipo humano y técnico suficiente. De igual manera los funcionarios de PJ deben tener la pericia para implementar los trajes de protección en tela, anti fluidos o anti radiación según el caso, con protector de cabeza, calzado, rostro y manos, con el fin de no contaminar el lugar de los hechos y sacarle el mayor provecho de la escena.
Teniendo en cuenta lo anterior son Tips del paso a paso con el fin de cumplir a cabalidad un procedimiento de un hecho posible, cumpliendo con todos los protocolos, nacionales e internacionales, respetando en todo momento la Víctima y Victimario teniendo en cuenta que no somos los que tenemos la última palabra para juzgar a una persona, o personas en la cual se han involucrado en un delito. Tener como presente los derechos y deberes de todo ciudadano para colaborar con la justicia.
Muy buenas tardes compañeros y docente
ResponderEliminarPara implementar una investigación que tenga en cuenta los antecedentes del delito, es importante ampliar el foco de la investigación, es decir, lograr reconocer que los hechos delictivos no ocurren de manera aislada sino que por el contrario se explican a partir de su contexto y, de acuerdo con esto, plantear hipótesis de trabajo para ser confirmadas o rechazadas a través del análisis de la información y evidencia disponibles. Por lo tanto si nos enfocamos en el planteamiento de una hipótesis delictiva que asocia los casos y describe la situación criminal que estos comparten su formulación va a facilitar la delimitación de una situación mediante la cual se podrían asociar casos.
PT Luis Mieles Cuello
Compañía Gabriel González López
Octava sección
Dios y patria, buenas noches a todos los participantes de este blog, mi nombre es Patrullero LEWIS JAVIER GONZALEZ LORA, de la Séptima sección de la Compañía Gabriel González López.
ResponderEliminarLa temática planteada en el blog, nos orienta sobre la política de priorización que implica una aproximación analítica y rigurosa a la investigación y al ejercicio de la acción penal. Contribuye al planteamiento de hipótesis delictivas que puedan ser confirmadas o rechazadas a medida que avanza la investigación.
Herramientas como ampliar el foco de la investigación, disponer de diversas fuentes de información y ser riguroso con su uso, y utilizar otras disciplinas para explicar fenómenos criminales, situaciones y casos, contribuyen a la toma de decisiones de priorización y facilitan el diseño de hipótesis criminales y estrategias de persecución en las diferentes etapas de la investigación, de manera independiente del régimen procesal por el cual se tramiten los casos.
Dios y patria, buenas noches a todos los participantes de este blog, mi nombre es Patrullero HECTOR ANTONIO MOSQUERA CUITIVA, de la Octava sección de la Compañía Gabriel González López.
ResponderEliminarLa teoría de las hipótesis delictivas y programa metodológico, nos permiten la identificación de fenómenos criminales, así como la delimitación de situaciones y asociación de casos, además permiten determinar relaciones entre investigaciones en curso y los delitos. Estas herramientas posibilitan focalizar la atención de los casos y la distribución eficaz de los recursos y talento humano disponibles, plantear la teoría del caso en etapas preliminares de la investigación. Además, sirven para tomar decisiones de priorización y complementar el análisis de la carga de trabajo.
Dependiendo de la aplicación adecuada de estas herramientas y las estrategias diseñadas, los resultados obtenidos servirán para alimentar la comprensión del conjunto de la evidencia recolectada, su gestión adecuada y eficiente, especialmente respetuosa de las garantías ciudadanas, mediante la cual se identifiquen, ubiquen y recojan las evidencias que se constituyan en la base de la respectiva inferencia de los hechos cometidos.
Cordial saludo, soy el Patrullero JOHN ALEXANDER VARGAS ROPERO adscrito a la 7ª Sección de la compañía Gabriel González, y a continuación hago mi aporte al Blog.
ResponderEliminarEl programa metodológico como bien no lo indica el Código de Procedimiento Penal Ley 906 y del cual me permito transcribir a partes (…)“se trazará un programa metodológico de la investigación, el cual deberá contener la determinación de los objetivos en relación con la naturaleza de la hipótesis delictiva; los criterios para evaluar la información; la delimitación funcional de las tareas que se deban adelantar en procura de los objetivos trazados; los procedimientos de control en el desarrollo de las labores y los recursos de mejoramiento de los resultados obtenidos (…)
Entendiendo en esta parte que el Investigador de Policía Judicial dentro de todas sus capacidades debe de primera mano ser acucioso e ir un paso más allá, tener claro todo el contenido de la investigación en el previo la investigación tendrá éxito si el Policía tiene claro hacía donde enfocar sus esfuerzos de la mano con el Fiscal.
En desarrollo del programa metodológico de la investigación, el fiscal ordenará la realización de todas las actividades que no impliquen restricción a los derechos fundamentales y que sean conducentes al esclarecimiento de los hechos, al descubrimiento de los elementos materiales probatorios y evidencia física, a la individualización de los autores y partícipes del delito, a la evaluación y cuantificación de los daños causados y a la asistencia y protección de las víctimas.
Los actos de investigación de campo y de estudio y análisis de laboratorio serán ejercidos directamente por la policía judicial.” Aquí es importante tener presente que si bien el fiscal ordena que se realiza y que no, en el marco del debido proceso, es el investigador el que por medio de su buen manejo de la investigación asesorará al Fiscal, lo orientará, recordemos que en su gran mayoría los investigadores son quienes tienen más claro el panorama.
Por tal motivo como investigador es importante que se nutra de todo lo que puede aportar a una investigación un EMP o EF, muchas veces encontramos en el papel la ruta a seguir de nuestra investigación.
También es importante que el investigador siga las 50 reglas de Oro en la indagación e investigación del delito, son 50 pero cada una es más importante que la anterior, pero coincidiendo con lo esbozado en párrafos anteriores, la regla 7 que nos habla de situaciones, eventos o procesos que pueden pasar por desapercibido para el común, lo cual me ratifica la sensibilidad adicional de un buen investigador que no deja pasar por alto pequeños detalles, ello sin desviar la atención o perder su norte en la investigación; y por supuesto también capta mi atención las reglas 16 y 17 que refieren de la importancia y responsabilidad en la protección del lugar de los hechos, el empleo de técnicas adecuadas y dedicar el tiempo necesario para extractar del mismo hasta el detalle más pequeño, permitiéndonos cerrar brechas a dudas.
Fuentes:
https://leyes.co/codigo_de_procedimiento_penal/221.htm
https://leyes.co/codigo_de_procedimiento_penal/207.htm”
Dios y patria buenas noches
ResponderEliminarEn relación al tema planteado en blog considero que es de suma importancia contar siempre con las 50 reglas aquí descritas ya que estas son la guia para el deasrrollo de una buena investigación criminal, teniendo en cuenta las circunstancias en las que sucedieron los hechos y así poder realizar una buena hipótesis objetiva y basandose siempre en hechos reales y así lograr un resultado positivo y eficaz.
PT JOHNY ALEXIS PARRA OBANDO
COMPAÑIA GONZALO JIMENEZ DE QUESADA
QUINTA SECCION
Dios y Patria
ResponderEliminarBuenas noches
Un cordial saludo Tutor y compañeros se presenta PT Morales Juna Carlos Morales de la compañía Gabriel González décima sección con el fin de aportar lo establecido en el blog con el tema TEORÍAS HIPÓTESIS DELICTIVAS Y PROGRAMA METODOLÓGICO, en el cual quiero aportar con respecto a la hipótesis delictiva la cual se infiere a través de los hechos presentados con el fin de llegar a una conclusión de los posibles hechos que se presentaron y materializaron el delito.
La hipótesis se va desarrollando en el lugar de los hechos reconstruyendo pieza por pieza, gracias a los EMP y EF que conforman una respuesta la cual se origina por medios técnicos, científicos y humanos. Ayudando a fortalecer la legalidad, los protocolos técnicos y el respeto de los DDHH y DIH ratificados por los convenios que ejecuta el Estado colombiano.
De igual manera recalcar el Acto Legislativo 003 de 2002 que reformo la Constitución política respecto de la Administración de justicia en materia penal, dentro de la cual se incluyen de manera autónoma el desarrollo de las investigaciones por parte del ente acusador y la defensa en aras de verificar y comprobar las teorías e hipótesis que conllevan a esclarecer el hecho delictivo.
Es bueno recalcar que la Fiscalía y la defensa cada uno de ellos encauza su propia investigación basándose en su teoría con el fin de buscar, indagar e investigar, reconstruir el tiempo, técnicamente y objetivamente los hechos que dieron origen por un hecho punible, confrontando la hipótesis con sus respectivos argumentos que se llevará al juez imparcial.
Dentro de los medios Cognoscitivos tenemos como parte legal la Ley 906 de 2004 siendo estos EMP y EF, la información, Interrogatorio al indiciado, Aceptación del imputado y Prueba Anticipada. Los cuales son de una gran importancia en el desarrollo de la investigación la cual es garante de los derechos fundamentales y lo estipulado en la Ley.
En cuanto al componente jurídico recae a todos los servidores públicos, policía, servidores judiciales, fiscalía, y jueces de control de garantías los cuales deben respetar la integridad de la Constitución Política y de los tratados internacionales, con especial énfasis en el a quo, junto con los principios rectores y garantías procesales del nuevo sistema penal con tendencia acusatoria.
Gracias a estos datos tan esenciales el policial está en capacidad para afrontar una responsabilidad con criterio, con argumentos legales que en el desarrollo de la investigación se verá reflejada a través de su experiencia, pericia y profesionalismo. Así mismo está respaldado por un grupo de trabajo con múltiples idoneidades que son el camino para resolver los hechos presentados en el menor tiempo posible sin afectar los derechos fundamentales del indiciado y la debida protección a la víctima o víctimas.
Buenas tardes, Dios y Patria
ResponderEliminarTeorías hipótesis y programa metodológico, las funciones de Policía Judicial serán desarrolladas en el marco jurídico y Constitucional y acatando cada una de las pautas en la ejecución, el adelantamiento en labores y actividades propias de la comisión judicial y con ello cumplir a cabalidad con cada uno de los protocolos procesos y procedimientos que se requieran para adelantar la misma
Participación realizada por PT. Johan Manuel Diaz Guzmán - Compañía Gonzalo Jiménez - Sexta sección
Buenas tardes Dios y Patria se presenta PT. Edwin Gilberto Henao Ballesteros de la 7 sección de la compañía Gonzalo Jiménez.
ResponderEliminarTEORÍAS HIPÓTESIS DELICTIVAS Y PROGRAMA METODOLÓGICO
Es de vital importancia tener presente las 50 reglas de oro mediante el proceso de indagación e investigación, para así, saber actuar frente a la hipótesis que surge después de este primer paso, también se debe manejar el procedimiento bajo cautela enfatizando en ciertas características que permitirán el buen manejo de la situación y manteniendo el punto de la imparcialidad en el sitio a indagar. El programa metodológico cumple un papel muy importante en el desarrollo del proceso que se realiza de indagación, investigación e hipótesis, pues es un apoyo para sobrellevar la situación a desarrollarse, de este depende que la culminación del primer paso sea exitosa. De acuerdo a las necesidades observadas y analizadas, se imparte la priorización de los hechos o sucesos.
Buenas tardes Dios y Patria se presenta PT. Edwin Gilberto Henao Ballesteros de la 7 sección de la compañía Gonzalo Jiménez.
ResponderEliminarTEORÍAS HIPÓTESIS DELICTIVAS Y PROGRAMA METODOLÓGICO
Es de vital importancia tener presente las 50 reglas de oro mediante el proceso de indagación e investigación, para así, saber actuar frente a la hipótesis que surge después de este primer paso, también se debe manejar el procedimiento bajo cautela enfatizando en ciertas características que permitirán el buen manejo de la situación y manteniendo el punto de la imparcialidad en el sitio a indagar. El programa metodológico cumple un papel muy importante en el desarrollo del proceso que se realiza de indagación, investigación e hipótesis, pues es un apoyo para sobrellevar la situación a desarrollarse, de este depende que la culminación del primer paso sea exitosa. De acuerdo a las necesidades observadas y analizadas, se imparte la priorización de los hechos o sucesos.
Dios y patria buen día
ResponderEliminarComo miembros de la institución es de suma importancia leer blog que contengan este tipo de información, ya que nos permitirá ampliar nuestro conocimiento a la hora de intervenir en cualquier caso o crimen que se cometa en la sociedad. Conocer las 50 reglas de oro en la indagación e investigación del delito condescenderá una investigación pronta, efectiva e imparcial respetando los DDHH, una buena trazabilidad y continuidad, interpretar correctamente la acaecía del hecho, claridad y exactitud en los tiempos meteorológicos y biológicos teniendo en cuenta las medidas de protección, la cadena de custodia, el esclarecimiento delictual y un personal idóneo que permita dar respuesta a la investigación.
Teniendo en cuenta la información suministrada puedo decir que es de suma importancia conocer cada uno de los procesos que se deben realizar para terminar con la investigación de un proceso.
PT: Giovanni Andres Luna Duarte
Dios y patria buenos días, saludo cordial para el docente de la asignatura y los participantes de este blog, integrantes de la institución; En materia de investigación se utiliza mucho un dicho que dice “entre más tiempo pase es la verdad que huye”, aplicando esto a cada caso o investigación que realizamos nos estaríamos retomando a las 50 reglas de oro en la indagación e investigación del delito, ya que se debe tener en cuenta que cada EMP o EF son testigos mudos los cuales tienen gran información y la posible confirmación de nuestras hipótesis delictivas, así mismo como investigadores debemos tener la capacidad de atender diferentes casos delictivos ya que no todos son de forma violenta y hay otro tipo de investigación que se aplica en las diferentes vulneraciones de derecho, así mismo el campo investigativo es tan amplio que nos permite la utilización de medios técnicos (reactivos, lupas, luces forenses etc.), y lo más importante es que como policía judicial debemos tener la capacidad de presentar informes de forma clara, coherente y precisa con el fin que sea entendible ante cualquier receptor de esta información.
ResponderEliminarLas hipótesis delictivas son todas aquellas que el investigador empieza a formar con el fin de esclarecer un hecho contando con el apoyo de los EPM o EF recolectados en el trascurso de la investigación posterior a esto, estas hipótesis deben ser verificadas y comprobadas ante la realidad que se pretende demostrar, teniendo muy en cuenta lo que es el tiempo, modo, lugar, victima, indiciado, finalidad y causa. De ahí que los objetivos generales y específicos del plan de trabajo deben estar delimitados y ser precisos.
PATRULLERO JUAN PABLO HOLGUIN CASTAÑO, COMPAÑÍA RAFAEL NUÑEZ MOLEDO, 9ª SECCIÒN
En la investigación, la objetividad y la imparcialidad son fundamentales para realizar un buen proceso investigativo, ser observador y dar todos los detalles acerca del caso facilitará la toma de decisiones tanto en la recolección y análisis de los EMP, como en el juzgado. Seguir las normas estipuladas en el Art. 29 de la Carta Magna proveerá un justo y responsable ejercicio como agentes de la Ley.
ResponderEliminarEl profesionalismo es la clave para el éxito del caso, nosotros como policías, nos vemos en la obligación de realizar el debido proceso durante todo el mismo, tal proceso debe con procedimientos de bioseguridad y los pasos para el debido embalaje y el levantamiento del cadáver si es necesario, además, se deben dar garantías a todas las personas implicadas en el acto, garantías, en el caso de los testigos y las victimas, de protección y respeto; y en el caso de los supuestos victimarios, el derecho al debido proceso. Por otra parte, las hipótesis deben tener unas premisas totalmente objetivas y racionales que le den credibilidad a la misma, por medio de tal hipótesis es posible inferir lo que realmente pudo haber pasado. La hipótesis debe cumplir con los principios de claridad comprobabilidad, verosimilitud y coherencia. También es posible encontrar un espacio en el blog que trata sobre la teoría finalista, para prevenir futuros delitos resulta útil estudiar los actuales, establecer una respuesta al “¿Por qué lo hizo?” para estudiar el perfil del acusado y evitar la aparición de victimarios parecidos o tener un procedimiento metodológico a seguir.
Este blog presenta varios artículos estipulados en la Ley 906 del año 2004, como policías en la capacidad de realizar actos investigativos, conociéndose también como investigación al programa metodológico, es nuestro deber conocerlos y ejecutarlos para cumplir con la normatividad, esta normatividad se basa, como cualquier ejercicio al servicio público, de transparencia y la búsqueda de teorías que ayuden a la prevalencia de la verdad.
-Pt Jorge Álvaro Agudelo Gallego
Sección 10
Compañía: Rafael Núñez Moledo
Dios y patria buenas tardes, en el tema de investigación debemos tener claro primero que todo que las 50 reglas de oro en la indagació e investigación del délito, son el especímen más importante para la aplicabilidad de esta materia, pues nos relata en su escrito que en materia de policia judicial, tenemos que tener capacidad para enfrentarnos a la variedad de casos presentados en el día a día y la superspicacia para contrallevarlos y tratar a los integrantes de éste caso, de la misma manera que nos orienta a como delimitarlos y archivarlos de una manera consiza e impecáz, nos delimita tambien el camino sobre los documentos que debemos de diligenciar respectivamente. Todo lo anteriormente expuesto en base claramente de los DDHH, que son la base de nuestra sagrada institución. Dado a conocimiento de ustedes lectores mi comentario, quiero concluir dejando en alto la importancia del entendimiento e interiorización de esta regla en nuestro ámbito laboral. Muchas gracias y es un honor ser policía.
ResponderEliminarPatruyero Yeisón Uribe Valencia de la sección 9 compañía Rafael Nuñez.
compañero yeison comparto su opinion y tambien soy un convencido de que el personal entre mas capacitacion y entrenamiento tenga en su area sera un respetuosa de la cultura y los derechos humanos a nivel general
EliminarDios y Patria, soy el Patrullero Juan Javier Ayala, compañía Carlos Eugenio Restrepo sexta sección, mi aporte el tema es el siguiente;
ResponderEliminarEs importante emplear los parámetros de búsqueda y selección de los EMP y EF, de una manera adecuada, así el investigador de una manera objetiva definirá cual hipótesis lógica mente conlleva a establecer los motivos, acciones y los medios empleados para la consecución de la conducta punible.
Es imprescindible detallar las informaciones que ofrezca la escena del crimen, solo así iniciaremos una adecuada investigación.
Buen día Dios y Patria.
ResponderEliminarCordial saludo soy el patrullero Carlos Andrés Jiménez Arenas de la compañía Rafael Núñez Moledo octava sección.
Es de vital importancia tener en cuenta las 50 reglas explicitas del foro siendo esta de mucha relevancia para el esclarecimiento de un hecho punible, lo cual implica una postura analítica y rigurosa en el momento de la investigación, lo que contribuye al planteamiento de hipótesis delictivas que permitirán el buen manejo de la de los hechos logrando la imparcialidad en la recolección de los EMP y EF, con profesionalismo ya que estos son de gran valor y una fuente de información fiable.
Buenos dias DIos y patria
ResponderEliminarcon todo el respeto y cariño para el docente y compañeros de la materia de instigacion, agradezco el aporte del instuctor con las 50 regral de oro, las cuales evdneemente nos aclaran y nos enseña ampliamente al respecto de la investigacion, dejando claro los principios y aspectos a tener en cuenta como funcionarios publicos, donde tenemos la facilidad de en algun momento tener la oportunidad de desempeñarnos como investigadores personal judicial, cuya especialidad es de admirar por su alto profesionalismo y dedicacion para adelantar su trabajo al veneficio de las personas vicimas de algun flajero presentado.
Atentamente,
David azael Forero Lopez
seccion 7
comañia Rafael Nuñez Moledo
De la misma manera, en el decurso de la investigación el programa metodológico permitirá establecer, según el caso, el cumplimiento de los elementos necesarios para inferir y sustentar los motivos razonablemente fundados para proceder con aquellos actos de investigación requeridos para el logro de los propósitos anunciados, que impliquen limitaciones a derechos fundamentales de los ciudadanos, bien porque los mismos, de manera excepcional, puedan ser ordenados directamente por el fiscal, porque deban ser revisados en cuanto a su constitucionalidad y legalidad por el juez de control de garantías respecto del fundamento de la orden como de la legalidad de sus resultados, o para obtener la respectiva autorización judicial, cuando se requiera1 . La proyección del trabajo de investigación sirve también para verificar la presencia de los fundamentos suficientes para sustentar peticiones de medidas de aseguramiento respecto de las personas involucradas en el delito, o cautelares sobre bienes, bien con fines de comiso o destinados a la reparación de los perjuicios causados con el delito, incluidos los del tercero civilmente responsable2 . También permitirá establecer el fundamento de inferencia en rango de probabilidad de verdad, tanto en relación con la existencia de la conducta delictiva como acerca de que el imputado es su autor o partícipe, con base en la cual procederá el fiscal a la formulación de la acusación. En el mismo transcurso se identificarán y captarán los medios cognoscitivos necesarios, cuando a ello haya lugar, para demostrar los perjuicios ocasionados con el delito e identificar las personas directamente afectadas con el mismo3 . Desde luego que la realización del programa metodológico también facilitará identificar las posibilidades de terminación anticipada del proceso, como pueden ser el archivo, la conciliación, la preclusión, la aplicación del principio de oportunidad y los preacuerdos.
ResponderEliminarPresentado Por: Patrullero Edwin Cárdenas Reyes
Cédula De Ciudadanía Nro. 7179358
Compañía: Carlos Eugenio Restrepo
Séptima Sección
Buen día, Dios y Patria.
ResponderEliminarLas cincuenta reglas de oro en la indagación e investigación del delito, se encuentran debidamente sustentadas para dar aplicabilidad al sistema procesal penal colombiano, se hace necesario que las investigaciones realizadas a todo aquello o aquel que este inmerso en un hecho delictivo, sea ágil, efectiva e imparcial, debe existir claridad en los roles asignados por el personal de la Policía Nacional, quienes deben estar en la capacidad de realizar un trabajo efectivo y concreto, sin caer en dudosas interpretaciones, ultimando y verificando cada detalla, se debe realizar una correcta verificación que les permita comprender lo sucedido de manera l´gica, racional y secuencial, la investigación requiere tener exactitud en tiempo modo y lugar. Se debe tener en cuenta cuales son las circunstancias relevantes de los hechos que se encuentran especificados en la inexitencia del hecho investigado, causales de justficación o exclusión de responsabilidad, aceptación de cargos, circunstancias de menor punibilidad entre otros.
Subintendente Laura Fernanda Orozco Vasquez
5 Sección Compañía Francisco José de Caldas
Dios y patria
ResponderEliminarTeniendo en cuenta los hechos delictivos materia de investigación, el equipo fiscalía y Policía Judicial son fundamentales a la hora de implementar las actividades investigativas, técnicas y científicas, en observancia absoluta del marco legal, cuya complementación llevaran a buen recaudo los autores y coautores que hayan realizado las conductas piticas y antijurídicas investigadas. La idoneidad y el profesionalismo del Policía Judicial son fundamentales a la hora de implementar el manual de cadena de custodia con los EMP y EF inmersos en la investigación, esto garantiza que las victimas tengan justicia, vedad, reparación y no repetición.
Dios y patria
ResponderEliminarTeniendo en cuenta los hechos delictivos materia de investigación, el equipo fiscalía y Policía Judicial son fundamentales a la hora de implementar las actividades investigativas, técnicas y científicas, en observancia absoluta del marco legal, cuya complementación llevaran a buen recaudo los autores y coautores que hayan realizado las conductas piticas y antijurídicas investigadas. La idoneidad y profesionalismo del Policía Judicial son fundamentales a la hora de implementar el manual de cadena de custodia con los EMP y EF inmersos en la investigación, esto garantiza que las victimas tengan justicia, vedad, reparación y no repetición.
SI LUIS EDUARDO TORRS LEON
compañía Camilo Torres Tenorio cuarta sección
El programa metodológico, es una herramienta de planeación, que permite unificar las actividades que se van a desplegar en la investigación de un delito, por parte de los fiscales, quienes deben liderar, orientar, organizar y coordinar estas actividades con su equipo de trabajo, es decir con los investigadores de policía judicial. Para lo cual se necesita también de la aplicación de técnicas, procedimientos, recursos y conocimientos para construir una hipótesis, establecer unos objetivos que delimiten la investigación. Este programa es flexible, por que es un supuesto que en la medida que se van allegando EMP y EF, se puede ir ajustando y convertir en una teoría, y recordemos que desde lo científico una teoría es una explicación amplia de un fenómeno, que incluye una o varias hipótesis.
ResponderEliminarEste documento no es necesariamente público, de cuerdo a la sentencia C-559 de 2019 el Magistrada sustanciadora Cristina Pardo S cita en el punto 6.10 que la etapa de indagación es reservada frente a algunos documentos en la medida en que se establecerá el programa metodológico de la investigación, en virtud del cual el fiscal ordenará la realización de las actividades que no impliquen restricción de los derechos fundamentales y que sean conducentes al esclarecimiento de los hechos, al descubrimiento de los EMP y EF, a la individualización de autroes y partícpes del delito, a la evaluación y cuantificación de los daños causados y a la asistencia y protección de las victimas. Es decir, en esta fase no existen pruebas y se convierte en un espacio para verificar la información que contribuya en la materialización de una conducta punible y así, permitir la individualización o identificación de sus probables autores o partícipes.
SI. JUAN CARLOS LEON SANTAMIRA
Compañía Camilo Torres
Cuarta Sección
Dios y Patria buenas noches soy el Intendente JOSÉ LUIS PABON CABRERA integrante de la compañía Alfonso López Pumarejo Quinta Sección.
ResponderEliminarLas personas por lo general dejan huellas cuando cometen un delito y inconscientemente, son pruebas que sirvan contra ellos.
La investigación delictual debe ser pronta, efectiva e imparcial hay que evitar pérdidas y degradación de los EMP y EF.
Solo cuando exista un alto riesgo de contaminación, destrucción o pérdida, como resultado de fuerza mayor o caso fortuito justificable, es dable que el primer respondiente (responsable) desarrolle procedimientos básicos de fijación y recolección técnica de EMP Y EF, mientras se hace presente el personal de Policía Judicial.
En el desarrollo de la investigación se debe actuar con sensatez y profesionalismo absteniéndose de generar o divulgar diagnósticos apresurados, no convalidados ni probados, ciñéndose a la lex artis. Y demás normas que regulan la profesión.
Las hipótesis son proposiciones que generan relaciones entre los elementos o medios que integran los hechos, conllevando implícita una explicación o inferencia.
Tanto la teoría delictiva, la hipótesis delictiva y la teória del caso inician su construcción desde el primer momento de conocimiento y abordaje del lugar de los hechos y escena del crimen, construcción que debe ser garante de los derechos humanos y la dignidad personal.
No le es dable al fiscal actuar de manera subjetiva, por el contrario, debe ser leal, honrado y ajustado al principio de la buena fe, que aunado a la neutralidad de la ciencia, la técnica y la tecnología, debe desplegar la búsqueda del conocimiento libre a través de investigadores despojados de deseos, apasionamiento e intereses.
Inferencia: inferencia es deducir algo o sacarlo como conclusión de otra cosa Las premisas infieren la conclusión. No obstante, en la jurisdicción penal se exige la inferencia razonable.
Programa Metodológico Conlleva al resultado de un trabajo en equipo (Fiscal, Policía Judicial), en donde se proyectan los objetivos de la investigación penal en donde se trazan metas concretas y realizables, a través de métodos y técnicas preestablecidas, es una herramienta de planeación, organización y control de la investigación en materia judicial.
Buenas noches Dios y Patria, es un Honor ser Policía soy el Intendente JIMMY ALEXANDER ROJAS BASTO, pertenezco a la primera sección de la Compañía SM LUIS ALBERTO TORREZ HUERTAS. Inicio esta participación indicando que “NO HAY CRIMEN PERFECTO”, y dependiendo de la habilidad del investigador judicial que indaga, es minucioso y emplea profesionalmente algún método de recolección de EF o EMP, que ha dejado un victimario en la escena del crimen. Del esclarecimiento de un hecho punible también depende un buen acordonamiento por parte del primer respondiente, que por lo general son las patrullas del Modelo Nacional de Vigilancia Comunitaria Por cuadrantes y son las responsables de no entregar contaminada la escena del crimen a los investigadores judiciales, a menos que tengan que alterar la escena con el fin de preservar la vida de personas e integridad de personas que deban ser trasladadas a centros asistenciales.
EliminarCordial saludo, dios y patria. soy el IT, Osman Adrián Ruiz, identificado con cedula de ciudadanía n°9.847.191, pertenezco a la compañía Alfonso López Pumarejo, séptima sección, laboro en la sijin meval (Medellín), me permito enviar mis aportes al blog.
ResponderEliminartodo acontecimiento, ya se trate de un delito, accidente, desastre natural, conflicto armado, o de otro tipo, deja rastros en el lugar en que se produce. el objetivo de la investigación posterior es interpretar correctamente los hechos, reconstruir lo ocurrido y comprender lo que sucedió, es por eso que pocas veces los delitos quedan impunes, siempre en la investigación debe existir la certeza de lo ocurrido.
de acuerdo a la investigación judicial y su papel en el sistema penal colombiano es ejercida por la policía nacional, la fiscalía y el juez. teniendo en cuenta que el éxito de una investigación criminal se soporta en el hallazgo, recolección, tratamiento y disposición adecuada de los diversos indicios y evidencias que se encuentren relacionados con un hecho punible investigado; permitiendo con esto determinar si el hecho (acto) existió o no, el grado de responsabilidad de quienes resulten involucrados como autores (¿quién lo hizo? – agente), cómplices y/o partícipes; las circunstancias de tiempo, modo, instrumentos y lugar en que se presentó, entre otros aspectos de interés para procurar una correcta y efectiva impartición de justicia, ajustado a las exigencias del sistema penal acusatorio.
es muy importante y fundamental el adecuado abordaje, análisis, tratamiento y recolección de los elementos materiales probatorios y evidencias físicas (emp/ef) en el lugar de los hechos como fuente principal de información de la conducta investigada; que debe ser inspeccionada de una manera técnica, sistemática y profesional para garantizar que los indicios y evidencias sean auténticos, permitiendo esclarecer de manera objetiva, demostrable y certera de los hechos investigados. muchas gracias